{"id":924,"date":"2021-04-20T18:28:01","date_gmt":"2021-04-20T21:28:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/?page_id=924"},"modified":"2021-12-14T18:04:41","modified_gmt":"2021-12-14T21:04:41","slug":"condiciones-de-servicio","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/condiciones-de-servicio\/","title":{"rendered":"Condiciones de Servicio"},"content":{"rendered":"<div  class=\"tatsu-rkbrdDT2U_ tatsu-section  tatsu-bg-overlay   tatsu-clearfix\" data-title=\"\"  data-headerscheme=\"background--dark\"><div class='tatsu-section-pad clearfix' data-padding='{\"d\":\"90px 0px 90px 0px\"}' data-padding-top='90px'><div class=\"tatsu-row-wrap  tatsu-wrap tatsu-row-one-col tatsu-row-has-one-cols tatsu-medium-gutter tatsu-reg-cols  tatsu-clearfix tatsu-BJxHdvT3LO\" ><div  class=\"tatsu-row \" ><div  class=\"tatsu-column  tatsu-bg-overlay tatsu-one-col tatsu-column-image-none tatsu-column-effect-none  tatsu-H1H_P63Ld\"  data-parallax-speed=\"0\" style=\"\"><div class=\"tatsu-column-inner \" ><div class=\"tatsu-column-pad-wrap\"><div class=\"tatsu-column-pad\" ><div  class=\"tatsu-module tatsu-text-block-wrap tatsu-rkj_D6n8O  \"><div class=\"tatsu-text-inner tatsu-align-center  clearfix\" ><style>.tatsu-rkj_D6n8O.tatsu-text-block-wrap .tatsu-text-inner{width: 100%;text-align: left;}<\/style>\n<p>De acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos 172 y 220 del C\u00f3digo de Comercio, LA EMPRESA da a conocer a sus Clientes y p\u00fablico en general las condiciones en las cuales provee el Servicio de Transporte de Carga. Es de responsabilidad del remitente, leer y\u00a0 conocer en detalle las Condiciones Generales de Transporte que a continuaci\u00f3n se desarrollan. Por lo anterior, la sola entrega de la mercader\u00eda o el pago por el servicio de transporte, es manifestaci\u00f3n de voluntad suficiente, para entender por le\u00eddo, entendido y aceptado las condiciones de transportes.<\/p>\n<p>Las condiciones son las siguientes:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>I. Normativa legal aplicable.<\/strong><\/p>\n<p>Las partes se regir\u00e1n por las siguientes normas, y en estricto orden de prelaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol>\n<li>El presente acuerdo<\/li>\n<li>C\u00f3digo de Comercio<\/li>\n<li>Ley de Protecci\u00f3n al Consumidor (N\u00ba 19.496 y N\u00ba 19.955)<\/li>\n<li>Otras normas especiales<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>II. Aspectos generales.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>LA EMPRESA ejecuta el Servicio de Transporte de Carga por el precio y en las condiciones prefijadas en este documento, y son aceptadas con la entrega de la mercader\u00eda y\/ o pago del servicio.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol>\n<li><strong><u>Orden de Flete Nominativa:<\/u><\/strong> LA EMPRESA entrega al Cliente una ORDEN DE FLETE Nominativa que contiene lo siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n de la empresa con nombre y Rut.<\/li>\n<li>Lugar, d\u00eda, mes y a\u00f1o del otorgamiento.<\/li>\n<li>N\u00famero de ODF.<\/li>\n<li>Fecha y hora de la recepci\u00f3n.<\/li>\n<li>Fecha probable de entrega.<\/li>\n<li>Valor del flete.<\/li>\n<li>Cantidad de bultos, peso total.<\/li>\n<li>Nombre, domicilio, tel\u00e9fono y del destinatario.<\/li>\n<li>Nombre, RUT, recinto y firma de la persona que recibir\u00e1 la mercader\u00eda.<\/li>\n<li>Valor declarado bajo los l\u00edmites contractuales.<\/li>\n<li>Numero de boleta.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong><u>Cobertura y Plazos de Entrega:<\/u><\/strong> LA EMPRESA cuenta con un servicio de entrega nacional, cuya cobertura y plazos de entrega se encuentran definidos bajo las condiciones y caracter\u00edsticas de la carga, relacionadas entre otras, con el tama\u00f1o, kilos y dimensiones de cada<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las sucursales de Los Andes, San Felipe y Santiago recibe y\/o entrega encomiendas hasta 1000 kg, previo aviso.<\/p>\n<p>Otras sucursales, se recibe y\/o entrega encomiendas hasta 250 kg.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong><u>Documentos de la carga<\/u><\/strong><strong>:<\/strong> El Cliente deber\u00e1 proporcionar los documentos que fueren legalmente necesarios para el libre tr\u00e1nsito de la carga. En consecuencia, ser\u00e1n de exclusiva responsabilidad del Cliente las multas y, en general, cualquier perjuicio que sufra LA EMPRESA por estar desprovisto de los documentos antes se\u00f1alados. Los comisos de la mercader\u00eda por no contar con el respaldo legal son de responsabilidad del cliente.<\/li>\n<li><strong><u>Precio del <\/u><\/strong><strong><u>flete:<\/u><\/strong> El precio del flete se fija considerando el peso, volumen de carga y distancia.<\/li>\n<li><strong><u>Pago <\/u><\/strong><strong><u>del flete:<\/u><\/strong> El precio del flete convenido debe ser pagado por el remitente. Bajo responsabilidad solidaria de \u00e9ste, podr\u00e1 convenirse que el precio del flete sea pagado por el destinatario de la carga. En tal caso, el destinatario deber\u00e1 pagar el precio del flete <strong><u>como condici\u00f3n<\/u><\/strong> para recibir la mercader\u00eda. La mercader\u00eda no ser\u00e1 entregada en caso de no recibir el pago del flete.<\/li>\n<li><strong><u>Otros gastos:<\/u><\/strong> En el caso que durante el transporte LA EMPRESA deba pagar multas, aranceles, tasas u otros cargos establecidos respecto de la carga incluida en la gu\u00eda de despacho, el cliente deber\u00e1 reembolsar estos gastos antes de la entrega o retiro de la carga, la que es de cargo del destinatario. Sin ese pago, no se har\u00e1 entrega de la carga<\/li>\n<li><strong><u>Declaraci\u00f3n del contenido y del estado de la carga:<\/u><\/strong> El Cliente estar\u00e1 obligado a declarar en la gu\u00eda de despacho el contenido y el estado de cualquier carga que se encuentre empaquetada, embalada y\/o en cajas o cajones. Las gu\u00edas de despacho o facturas adjuntas no constituyen declaraci\u00f3n del contenido ni del estado de la Siempre, se estar\u00e1 a lo dispuesto en el punto 8 siguiente.<\/li>\n<li><strong><u>Apertura y Reconocimiento:<\/u><\/strong> LA EMPRESA podr\u00e1 exigir la apertura y reconocimiento de la carga en el acto de la recepci\u00f3n. Si el Cliente se negare permitir esto, el Servicio de Encomiendas tendr\u00e1 el derecho de no transportar la carga. Sin embargo, si detectare posteriormente, por cualquier medio de comprobaci\u00f3n, la presencia de alguna carga prohibida podr\u00e1 abrir el bulto de que se trate, separarlo del resto de la carga y proceder con \u00e9l como en el caso de la carga prohibida que se indica m\u00e1s<\/li>\n<li><strong><u>Protecci\u00f3n <\/u><\/strong><strong><u>de la carga:<\/u><\/strong> Ser\u00e1 de responsabilidad exclusiva del Cliente utilizar los embalajes adecuados para la protecci\u00f3n del contenido de los paquetes o bienes que se transporten. LA EMPRESA podr\u00e1 rechazar carga que considere que cuyo envoltorio no es el adecuado.<\/li>\n<li><strong><u>Cambio <\/u><\/strong><strong><u>de destinatario<\/u><\/strong>: LA EMPRESA s\u00f3lo aceptar\u00e1 el cambio de destinatario\u00a0 a solicitud del Cliente y previa devoluci\u00f3n del duplicado de la gu\u00eda de despacho para su anulaci\u00f3n. En tal caso, proporcionar\u00e1 una nueva gu\u00eda de<\/li>\n<li><strong><u>Declaraci\u00f3n del valor de la carga:<\/u><\/strong> Para todos los efectos del contrato, el cliente deber\u00e1 siempre declarar el valor de la carga a transportar. Si el valor de la carga, a juicio del remitente, excediere de $30.000 (treinta mil pesos), deber\u00e1 acreditar el valor neto de forma fehaciente, mediante alg\u00fan documento con validez legal. De no hacerlo, el monto m\u00e1ximo convencional de la indemnizaci\u00f3n en caso de siniestro y\/o perdida, ser\u00e1 el valor declarado por defecto, esto es $30.000 (treinta mil pesos).<\/li>\n<\/ol>\n<p>Sin perjuicio de lo anterior, el valor m\u00e1ximo de declaraci\u00f3n de un despacho, o de un conjunto de despachos debida y previamente acreditado a criterio de la empresa, ser\u00e1 de $3.000.000 (Tres millones de pesos), no respondiendo en caso de siniestros respecto a despachos que superen esta cifra.<\/p>\n<p>Para despachos de correspondencia o documentos de cualquier tipo (legales o no), el monto m\u00e1ximo a declarar ser\u00e1 de $5.000, en caso de siniestro, el monto m\u00e1ximo de la indemnizaci\u00f3n ser\u00e1 dicho valor, m\u00e1s el costo del env\u00edo.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, LA EMPRESA podr\u00e1 verificar la carga, rechazar su valoraci\u00f3n o negarse a transportarla si no se cumplen las condiciones exigidas, sin indicaci\u00f3n de causa.<\/p>\n<p>En caso de haber un faltante de la carga o de un deterioro que el deje in\u00fatil para su venta, uso o consumo, que sean de responsabilidad de LA EMPRESA de acuerdo con el art\u00edculo 184 del C\u00f3digo de Comercio, el Cliente podr\u00e1 exigir el pago de acuerdo al valor de gu\u00eda o despacho adjunta y con limites se\u00f1alados precedentemente. Si se ha producido s\u00f3lo una disminuci\u00f3n del valor de la carga se pagar\u00e1 la proporci\u00f3n del faltante o deterioro tomando como base el valor de la gu\u00eda o factura, dentro del l\u00edmite de la declaraci\u00f3n m\u00e1ximo del despacho, sin perjuicio de aplicar lo dispuesto en el art\u00edculo 210 del mismo C\u00f3digo. El servicio de flete termina por la entrega y recepci\u00f3n conforme de la mercader\u00eda. Si el faltante o el deterioro son visibles en el embalaje, el Cliente estar\u00e1 obligado a abrirlo y reclamarlos en forma espec\u00edfica en ese mismo acto. LA EMPRESA\u00a0 no responder\u00e1 de faltantes o deterioros de la carga que sean consecuencia de caso fortuito, fuerza mayor o vicio propio de la carga, salvo en los casos que establecen los n\u00fameros 1, 2 y 3 del art\u00edculo 184 del C\u00f3digo de Comercio.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"12\">\n<li><strong><u>Lugar de entrega de la carga<\/u><\/strong>: LA EMPRESA deber\u00e1 entregar la carga en el lugar designado en la gu\u00eda de despacho, sea \u00e9ste en una sucursal destinataria de la empresa o en el lugar determinado por las partes.<\/li>\n<li><strong><u>Entrega de la carga:<\/u><\/strong> Para el caso de entrega en Sucursal, en atenci\u00f3n a que la gu\u00eda de despacho que emite LA EMPRESA es nominativa, la carga ser\u00e1 entregada exclusivamente al destinatario indicado en la gu\u00eda de despacho con c\u00e9dula de identidad o a un apoderado suyo debidamente acreditado\u00a0 con el poder respectivo. En el caso de flete a domicilio, se entregar\u00e1 la carga a una persona adulta que se encuentre en ese domicilio, bastando que \u00e9sta la reciba por cuenta del env\u00edo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para las entregas y retiros a domicilio se realizan de lunes a viernes desde las 9:00 a 18:00 horas horario continuado.<\/p>\n<ol start=\"14\">\n<li><strong><u>Cargas prohibidas:<\/u><\/strong> LA EMPRESA proh\u00edbe expresamente el transporte de:<\/li>\n<\/ol>\n<p>A. Cargas consideradas legalmente peligrosas de acuerdo a las normas chilenas vigentes de transporte de sustancias peligrosas<span style=\"text-decoration: line-through;\">,<\/span> tales como explosivos, cilindros de gas, gases comprimidos, inflamables, t\u00f3xicos, comburentes, infecciosos, radiactivos, nucleares, corrosivos, etc., plaguicidas, mercader\u00edas declaradas peligrosas para los vegetales, productos perecibles, entendi\u00e9ndose por tales los que requieren condiciones especiales de conservaci\u00f3n o cadenas de fr\u00edo, como carnes, pescados y mariscos, o condiciones especiales de transporte como plantas y animales en Igualmente, y en cumplimiento a las normas contenidas en el Decreto Supremo N\u00ba 543 de Relaciones Exteriores de 1990, en especial, al art\u00edculo 15, relacionado con los estupefacientes y sustancias sicotr\u00f3picas.<\/p>\n<p><u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p>Por lo anterior, la carga podr\u00e1 ser inspeccionada por personal capacitado de la empresa o por las autoridades policiales correspondientes. Asimismo LA EMPRESA no aceptar\u00e1 ninguna carga que se encuentre con prohibici\u00f3n fitosanitaria vigente del Servicio Agr\u00edcola y Ganadero.<\/p>\n<p>En el evento que el cliente violare las prohibiciones anteriores \u00e9ste ser\u00e1 el \u00fanico responsable de todos los da\u00f1os y perjuicios a las personas o cosas que tengan como causa el transporte de esa carga.<\/p>\n<p>En cualquier caso que se detecte que la carga es de las se\u00f1aladas precedentemente, LA EMPRESA podr\u00e1 descargarla, entregarlas a la autoridad o destruirla o transformarla en inofensiva, seg\u00fan requieran las circunstancias, sin derecho a indemnizaci\u00f3n alguna por parte del cliente. Los costos por la destrucci\u00f3n de la carga y\/o por el cumplimiento de las normas legales referidas a esa carga y todos los da\u00f1os causados, ser\u00e1n de exclusiva responsabilidad del Cliente.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>B. Transporte de dinero, alhajas, documentos , efectos delicados o de gran valor: LA EMPRESA no transporta ni responde en caso alguno por la p\u00e9rdida o deterioro de dinero, alhajas, joyas y relojes valiosos, ni documentos de gran importancia o valor como licencias, propuestas de negocio, cheques, letras, pagar\u00e9s, vale vistas, t\u00edtulos de acciones, efectos de gran valor como cuadros, antig\u00fcedades o tesoros y que vengan en el interior de sobres, paquetes, cofres o cajones, ni objetos delicados de f\u00e1cil deterioro como m\u00e1rmol, cer\u00e1micas, parabrisas, bater\u00edas con contenido l\u00edquido y cuyo real contenido no haya declarado el Cliente al tiempo de entregarlos a LA EMPRESA.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong><u>III. Condiciones particulares<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong><u>Imposibilidad de entregar la carga:<\/u><\/strong> Si el destinatario se negare a recibir la carga o no fuere posible entregarla en el domicilio se\u00f1alado en la ODF por causas no imputables a la empresa, \u00e9sta\u00a0 la mantendr\u00e1 en la\u00a0 Sucursal de destino y\u00a0 dar\u00e1\u00a0 aviso al\u00a0 Dentro del plazo de 5 d\u00edas corridos contados desde el env\u00edo de la comunicaci\u00f3n el Cliente deber\u00e1 pagar el valor del flete correspondiente a la reconducci\u00f3n de la carga.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para el caso de los despachos con entrega en domicilio y con tipo de pago por Pagar, si el destinatario no puede pagar el valor del flete al momento de la entrega, entonces, el(los) bulto(s) ser\u00e1n almacenados en la Sucursal de destino y deber\u00e1 retirar(los) en dichas dependencias, previo pago del servicio.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong><u>No retiro de carga desde Sucursal de destino: <\/u><\/strong>Si el flete fuere hasta una sucursal de LA EMPRESA, el destinatario deber\u00e1 retirar la carga dentro de los 60 d\u00edas corridos desde la fecha de entrega indicada en la gu\u00eda de despacho. Transcurrido ese plazo, LA EMPRESA podr\u00e1 remitir esta carga a una bodega que destine especialmente a este efecto, devengando \u00a0d\u00eda a d\u00eda el costo de bodegaje correspondiente, el que deber\u00e1 ser pagado para poder retirar la mercader\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong><u>Carga abandonada:<\/u><\/strong> Transcurrido un plazo de 60 d\u00edas de la fecha de la gu\u00eda de despacho, LA EMPRESA estar\u00e1 facultada para ordenar el remate de la carga y podr\u00e1 recuperar sus cr\u00e9ditos por flete y\/o por bodegaje.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong><u>Reclamos:<\/u><\/strong> El reclamo s\u00f3lo podr\u00e1 suscribirlo la persona que contrat\u00f3 el servicio, es decir, el Remitente indicado en la gu\u00eda de despacho. El destinatario podr\u00e1 presentar reclamo \u00fanicamente cuando la encomienda sea por pagar, siempre y cuando haya efectuado el pago del servicio.\n<p><\/li>\n<li><strong>Desconocimiento del retiro<\/strong>.<br \/>LA EMPRESA siempre solicita cedula de identidad de quien retira, dicha persona debe ser el destinatario declarado en la ODF, salvo excepciones en que un tercero puede retirar con un poder simple. En caso de desconocimiento de retiro de una encomienda, LA EMPRESA entregar\u00e1 copia de comprobante firmado al ser retirado el producto. Todo reclamo y desconocimiento de retiro de encomiendas puede realizarse hasta 60 d\u00edas despu\u00e9s de la fecha de env\u00edo impresa en la ODF.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El cliente que desee efectuar un reclamo, deber\u00e1 hacerlo por escrito, en cualquiera de las Sucursales de LA EMPRESA, a trav\u00e9s de nuestro libro de reclamos.<\/p>\n<p>Para la debida atenci\u00f3n del reclamo, el cliente deber\u00e1, a lo menos:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ul>\n<li>Describir el problema que se denuncia. Indicar el n\u00famero de ODF.<\/li>\n<li>Acreditar titularidad de la carga.<\/li>\n<li>Su nombre, Rut y tel\u00e9fono, para dar una respuesta al reclamo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>En el caso de reclamos por merma, p\u00e9rdida o deterioro, el cliente deber\u00e1 proporcionar antecedentes del valor de la carga, tales como factura de compra, gu\u00eda de despacho valorizada, boleta de compra y\/o cotizaciones por reparaci\u00f3n del da\u00f1o, siempre y cuando estos documentos se encuentren declarados como documentos adjuntos en la Gu\u00eda de Despacho. LA EMPRESA informar\u00e1 al cliente sobre la recepci\u00f3n del reclamo y el proceso del mismo, dentro de los 10 d\u00edas h\u00e1biles siguientes desde su presentaci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Consideraciones:<\/p>\n<p>a)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El monto a indemnizar solo comprender\u00e1 el valor neto de reposici\u00f3n y no el valor de venta. En caso que la declaraci\u00f3n de valores, por parte del cliente, obedezca a un valor de venta, se descontar\u00e1 el IVA, todo siempre dentro del l\u00edmite de responsabilidad de la empresa.<\/p>\n<p>b)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En caso de siniestros con da\u00f1os de tal envergadura en el objeto transportado que ameriten la indemnizaci\u00f3n del 100% de su valor, el remitente y\/o consignatario deber\u00e1 poner a disposici\u00f3n del LA EMPRESA, los restos siniestrados y efectuar la cesi\u00f3n de derechos que correspondiere contra terceros.<\/p>\n<p>c)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Asimismo, LA EMPRESA, no responder\u00e1 por desperfectos t\u00e9cnicos, el\u00e9ctricos, mec\u00e1nicos, magn\u00e9ticos, electr\u00f3nicos, fotogr\u00e1ficos o de grabaciones, que pudieran tener las especies transportadas.<\/p>\n<p>d)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El remitente certifica al entregarnos su env\u00edo que los detalles de env\u00edo son completos, exactos y adem\u00e1s son suficientes para ubicar el domicilio del destinatario. Por env\u00edo se entiende todos los documentos paquetes o valijas que viajan bajo una gu\u00eda de despacho.<\/p>\n<\/div><\/div><\/div><\/div><div class = \"tatsu-column-bg-image-wrap\"><div class = \"tatsu-column-bg-image\" ><\/div><\/div><div class=\"tatsu-overlay tatsu-column-overlay tatsu-animate-none\" ><\/div><\/div><style>.tatsu-row > .tatsu-H1H_P63Ld.tatsu-column{width: 100%;}.tatsu-H1H_P63Ld.tatsu-column > .tatsu-column-inner > .tatsu-column-overlay{mix-blend-mode: normal;}.tatsu-H1H_P63Ld > .tatsu-column-inner > .tatsu-top-divider{z-index: 9999;}.tatsu-H1H_P63Ld > .tatsu-column-inner > .tatsu-bottom-divider{z-index: 9999;}.tatsu-H1H_P63Ld > .tatsu-column-inner > .tatsu-left-divider{z-index: 9999;}.tatsu-H1H_P63Ld > .tatsu-column-inner > .tatsu-right-divider{z-index: 9999;}@media only screen and (max-width:1377px) {.tatsu-row > .tatsu-H1H_P63Ld.tatsu-column{width: 100%;}}@media only screen and (min-width:768px) and (max-width: 1024px) {.tatsu-row > .tatsu-H1H_P63Ld.tatsu-column{width: 100%;}}@media only screen and (max-width: 767px) {.tatsu-row > .tatsu-H1H_P63Ld.tatsu-column{width: 100%;}}<\/style><\/div><\/div><\/div><\/div><div class=\"tatsu-section-background-wrap\"><div class = \"tatsu-section-background\" ><\/div><\/div><div class=\"tatsu-overlay tatsu-section-overlay\"><\/div><style>.tatsu-rkbrdDT2U_ .tatsu-section-pad{padding: 90px 0px 90px 0px;}.tatsu-rkbrdDT2U_ .tatsu-section-offset-wrap{transform: translateY(-0px);}.tatsu-rkbrdDT2U_ > .tatsu-bottom-divider{z-index: 9999;}.tatsu-rkbrdDT2U_ > .tatsu-top-divider{z-index: 9999;}.tatsu-rkbrdDT2U_ .tatsu-section-overlay{mix-blend-mode: normal;}<\/style><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"class_list":["post-924","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/924","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=924"}],"version-history":[{"count":11,"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/924\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":957,"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/924\/revisions\/957"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.paketcargo.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=924"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}